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VIGENCIA SUNARP, DE PODER DEL CONSEJO DIRECTIVO Y PROCESO DE ELECCIONES DEL SITAFP
PROCESO DE ELECCIONES SEGUN ESTATUTO Y SU REGLAMENTO ESTATUTO Art. 8° El Secretario General, está obligado a convocar a la asamblea general ordinaria, en los meses de ENERO, FEBRERO, MARZO, OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE de todos los años. La citación será con 7 (siete) días de anticipación. Art. 10° Para la validez de las reuniones de asamblea general, se requiere, en primera convocatoria, la concurrencia de mas de la mitad de los asociados hábiles votantes. En segunda convocatoria, basta la presencia de cualquier numero de asociados hábiles votantes. Art. 11° La asamblea general ordinaria, es legal para tratar: 1. Elección del Jurado Electoral, cada tres años en OCTUBRE. 2. Elección del nuevo Consejo directivo y Consejo de Fiscalización, cada tres años en diciembre. JURAMENTACION e instalación del Consejo directivo y Consejo de Fiscalización, el 08 de diciembre. Art. 15° CONSEJO DIRECTIVO,composición: SECRETARIA GENERAL SUB-SECRETARIA GENERAL SECRETARIA GENERAL ADJUNTO SECRETARIO DE ...
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